sábado, 19 de enero de 2013

el cabildo en venezuela


CONFORMACIÓN POLÍTICA DE LA PROVINCIA EN EL TERRITORIO VENEZOLANO
CABILDO

Organismo dedicado al gobierno de las ciudades de la América hispana, de carácter colegiado, basado en el modelo español de ayuntamiento o cabildo castellano medieval. Cada uno de ellos estaba organizado a partir de la idea del gobierno comunal, ejercido por un conjunto de vecinos elegidos por sus conciudadanos cabezas de familia, que en la mayoría de los casos fue sólo un planteamiento teórico. A partir de 1591, los cargos también podían ser adquiridos a través del sistema de venta de oficios, hasta convertirse en vitalicios y hereditarios. Aunque variaban según la importancia de la ciudad, generalmente se componían de dos alcaldes ordinarios, seis regidores, que actuaban como consejeros, y un número indeterminado de oficiales; los cargos de alcaldes y regidores se elegían anualmente. El control de este sistema de gobierno colegiado lo ejercían los corregidores o alcaldes mayores, que eran nombrados directamente por el rey o el virrey. Estos corregidores no podían ser vecinos de la ciudad en la que ejercían su cargo ni poseer tierras en ella o en su distrito. También existieron los corregidores de indios, dedicados al gobierno de las poblaciones indígenas específicamente; en algunos casos ellos mismos fueron indígenas.

ALGUNOS ATRIBUCIONES DEL CABILDO
Uno de los ejemplos más destacados fue el enfrentamiento producido entre el cabildo de la ciudad de México y la audiencia, a principios del siglo XIX, con motivo de la ausencia del trono de Carlos IV y del heredero Fernando VII, bajo el dominio de Napoleón. Nuevamente en esta ocasión los miembros del cabildo, en su gran mayoría criollos, propusieron asumir el gobierno por medio de la creación de una junta de ciudadanos, con lo que intentaron hacer valer las teorías de Francisco de Vitoria, que establecían el regreso del poder a los ciudadanos en ausencia de los príncipes, y la doctrina del pacto de sujeción a la corona, a la espera de la entronización de Fernando VII, del mismo modo que se había realizado en España. Pero los españoles peninsulares rechazaron esta fórmula y se impusieron apoyando la autoridad de la audiencia en ausencia del monarca, por temor al poder y el protagonismo que adquirían los criollos, que formaban una importante oligarquía, poseedora de grandes capitales basados especialmente en la práctica del comercio, la explotación minera y ganadera y la posesión de tierras. Para muchos autores estos movimientos, nacidos en los cabildos como depositarios de la autoridad de la nación, fueron el preludio de la independencia de la América española.
LOS MIEMBROS DEL CABILDO
Las funciones del cabildo eran muy amplias, ya que le correspondía administrar los fondos propios, reunidos de los impuestos municipales, y atender a todas las necesidades del mantenimiento de la ciudad y sus habitantes. En el terreno económico, se ocupaba de establecer los precios y la distribución de las mercancías, al tiempo que vigilaba los pesos; toda la normativa relacionada con el funcionamiento de la ciudad se daba a conocer por medio de la publicación de las Ordenanzas, una vez aprobadas por el rey.

LA CAPITANIA GENERAL DE VENEZUELA

La capitanía general de Venezuela se creó el 27 de marzo de 1528, según el historiador Guillermo Morón. Por la Real Cédula de 8 de septiembre de 1777, Carlos III separó las provincias de Cumaná, Guayana y Maracaibo, así como las islas de Trinidad y Margarita, del virreinato y capitanía general del Nuevo Reino de Granada (véase Virreinato de Nueva Granada), agregándolas en lo gubernativo y militar a la capitanía general de Venezuela. Asimismo, Maracaibo y Guayana se separaron en lo jurídico de la audiencia de Santafé y pasaron también a depender de Santo Domingo. El territorio quedaba unificado en torno a un mismo gobernador y capitán general, un mismo intendente y una misma audiencia.

LAS GOBERNACIONES DE LA NUEVA ANDALUCÍA O CUMANA, PROVINCIA DE MARACAIBO. PROVINCIA DE GUAYANA
LA NUEVA ANDALUCÍA O CUMANA

Provincia venezolana creada en mayo de 1568 con los territorios de los actuales estados de Sucre, Anzoátegui, Monagas, Bolívar y Delta Amacuro, estos dos últimos hasta 1762. También Trinidad estuvo bajo su jurisdicción entre 1586 y 1591. La capital de Nueva Andalucía fue Cumaná o Nueva Córdoba, donde su primer gobernador, Diego Fernández de Serpa, instaló cabildo (24 de noviembre de 1569), hizo nuevo trazado de las calles, repartió solares y mandó construir 150 casas cubiertas de paja o caña para los nuevos vecinos que llevaba, con lo que la población quedó refundada con el nombre de Cumaná en el sitio que hoy ocupa. Nueva Andalucía creció con la fundación de pueblos y ciudades. Su último gobernador español fue Eusebio Escudero, depuesto el 27 de abril de 1810
PROVINCIA DE MARACAIBO
La provincia de Maracaibo se constituyó inicialmente con el nombre de La Grita al agregarse los territorios de Mérida, Táchira y Barinas al corregimiento así denominado; a continuación, se nombró gobernador y capitán general al trujillano Juan Pacheco Maldonado (3 de noviembre de 1622). Poco tiempo después, Maracaibo se separó de la provincia de Venezuela y se agregó a la de La Grita-Mérida (31 de diciembre de 1676). El cabildo marabino reconoció al gobernador Jorge Madureira (13 de mayo de 1678), quien estableció la capital en Maracaibo y la provincia adoptó este nombre.

PROVINCIA DE GUAYANA

La provincia de Guayana constituyó el centro de atención de todos los conquistadores que buscaban El Dorado. Guayana, unida a Trinidad, formó gobernación entre 1591 y 1731, año en que pasó a depender de la provincia de Cumaná. En 1762 se creó la comandancia de Guayana con rango de gobernación. Separada de Bogotá, pasó a depender de la audiencia de Santo Domingo
.
ALGUNAS FUNCIONES DE LA CAPITANIA GENERAL DE VENEZUELA

jurisdicción del capitán general como administrador territorial de los asuntos militares, en el gobierno de la América hispana durante el periodo colonial.El título de capitán general no estuvo reglamentado ni sus funciones fueron las mismas en todos los casos. Los presidentes de las audiencias gobernadoras podían ser jueces o, en lenguaje de la época, “de capa y espada”; en este segundo caso fueron nombrados también capitanes generales. Un ejemplo claro de la complejidad en la organización del gobierno colonial lo ofrece la composición del virreinato de Nueva España, a partir de su fundación en 1535. En él se integraron las audiencias de Santo Domingo (actual República Dominicana), México, de Los Confines o Guatemala, de Guadalajara (en el actual México) y de Manila (Filipinas).

LA REAL AUDIENCIA

Al comenzar la explotación de las minas peruanas, el istmo se convirtió en centro comercial de primer orden para el transporte de riquezas y mercancías en la ruta colonias-metrópoli-colonias. Tanto que en 1524 el rey Carlos V de España ordenó efectuar los primeros estudios topográficos para la construcción de un canal. Era, ya entonces, tan importante este enclave en el Nuevo Mundo que surge la Cédula imperial del 26 de febrero de 1538 ordenando establecer la Real Audiencia de Panamá con jurisdicción desde Magallanes hasta el golfo de Fonseca, entidad que en 1543 fue anexionada a la Real Audiencia de los Confines con sede en Guatemala hasta 1550, año en que fueron traspasadas sus funciones a la del Perú. La Cédula real de Felipe II (8 de septiembre de 1563) trasladó el tribunal de la Audiencia de Guatemala a Panamá con jurisdicción por el oriente hasta el río Atrato. Este acto legislativo fue refrendado después por las Cédulas de los monarcas españoles el 19 de noviembre de 1570, el 6 de febrero de 1571 y el 10 de septiembre de 1588.
El aporte, por tanto, de esta porción colonial a la consolidación del mercantilismo ha sido enorme, pues el encuentro violento entre invasores y nativos diezmó por distintos mecanismos, en menos de cincuenta años, la población nativa, su cultura y civilización. A pesar de la guerra total declarada a los nuevos conquistadores desde las primeras décadas del siglo XVI y de las sublevaciones de los esclavos negros, como las dirigidas por Felipillo y Bayano en 1548, hacia 1575 se conquistó todo el territorio. Y, aunque tres años antes Francis Drake había comenzado sus actos de piratería, apoyado por los «rebeldes» y la corona inglesa, el tráfico de mercancías a través de la ruta de los galeones se incrementaba, registrándose 100.000 toneladas en Nombre de Dios (1560-1570), que en 1593 fue sustituido por Portobelo conservando un registro igual al anterior por década, durante la primera mitad del siglo XVIII. El 19 de julio de 1614, las autoridades españolas dispusieron que el presidente de la Audiencia de Panamá obedeciera en asuntos de gobierno, guerra y hacienda al virrey del Perú, hasta que en 1717 la primera Audiencia queda totalmente agregada a la segunda. La enorme distancia Panamá-Lima y la lentitud en las comunicaciones motivaron que el día 12 de julio del año 1722 se restableciera la Audiencia en la ciudad de Panamá, provincia de Tierra Firme, conforme a su primera erección.
La gran sublevación de los «indios» darienitas, iniciada en 1725, culminó con la capitulación entre el gobernador y capitán general, don Dionisio Martínez de la Vega, y Felipe de Uriñaquicha, firmada en Panamá el 18 de julio de 1741. Las provincias del istmo fueron incorporadas al Virreinato de La Nueva Granada el 20 de agosto de 1739, pero subsistiendo al mismo tiempo la Audiencia de Panamá subordinada y dependiente del virrey. Para entonces y desde años atrás, piratas, corsarios, filibusteros y bucaneros hacían de las suyas en contra del imperio español en estos lares, movidos por la rapiña hacia las enormes riquezas que pasaban por el istmo. Drake murió en la bahía de Portobelo, lugar en donde se fundó en 1597 tal ciudad, que se convirtió en el límite geográfico de confluencia para los comerciantes españoles y peruanos, en razón a sus ferias anuales muy diferentes a las de la extinta Nombre de Dios en la segunda mitad del siglo XVI.
En 1601, Guillermo Parker toma y saquea Portobelo, actuación que repitió Vermon en 1739 y 1742. Procedente del asalto a Portobelo y a Chagres, Henry Morgan ha sido considerado el principal protagonista del hecho-resumen de la violencia-voracidad de los «sires» marinos, mediante la destrucción sangrienta de Nuestra Señora de Asunción de Panamá en enero de 1671. La población fue reconstruida en 1763 algo más hacia el oeste, en una pequeña península, fortificada de tal modo que, a pesar de los continuos ataques piratas, Panamá no fue asaltada de nuevo. Numerosos actos de piratería, invasión de indígenas nicaragüenses, el exterminio de jesuitas y las irregularidades de la feria de Portobelo, acompañaron a períodos de auge y decadencia de la provincia, hasta que en 1751 la Audiencia de Panamá fue suprimida definitivamente y su jurisdicción incorporada al Virreinato de la Nueva Granada. Más o menos por la misma época, la ruta marítima continuó por el cabo de Hornos y el estrecho de Magallanes, generando todo ello la decadencia político-económica del istmo y el afianzamiento de las tendencias independentistas.
Entre los acontecimientos más remotos que precedieron a la emancipación de Panamá cabe mencionar el período hispánico, que en 320 años trocó el desarrollo histórico de las tribus asentadas en territorio panameño mediante el binomio expoliación-explotación. Como antecedentes inmediatos tenemos: la Batalla de Boyacá, que en 1819 selló la independencia de los países bolivarianos y la realización, en diciembre del mismo año, en Santo Tomás de Angostura, del congreso de diputados constitutivo de la República de la Gran Colombia. Poco después de promulgada la ley fundamental, los emisarios del congreso viajaron a España para obtener el reconocimiento de la joven nación y con instrucciones muy precisas de ceder el istmo en caso extremo para conseguir la paz. Pero en 1821, el general Simón Bolívar organizó una campaña militar para liberarlo, acción que no se materializó, por lo cual la gobernación y comandancia general de Panamá continuó regida por autoridades españolas hasta el 28 de noviembre de 1821, cuando «Panamá, espontáneamente y conforme al voto general de los pueblos de su comprensión, se declaró libre e independiente del gobierno español

No hay comentarios:

Publicar un comentario